| AUTORIZACIONES DE VIAJE A MENORES DE EDAD |
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El propósito de esta autorización es evitar que uno de los padres se lleve al menor sin el conocimiento, ni el consentimiento del otro. Si el menor va a viajar de Estados Unidos a Ecuador y es ecuatoriano no necesita ninguna autorización. Si el menor es Estadounidense, se requiere únicamente un documento elaborado en cualquier notaría. Si el menor va a viajar de Ecuador para el extranjero sin la compañía de sus dos padres, o de uno de ellos, se requiere la autorización elaborada en el Consulado ecuatoriano más próximo. Requisitos:
• El padre o madre que no viaje con el menor deberá presentar su cédula o pasaporte ecuatoriano para la autorización de viaje
• Adicional a estos requisitos, la persona que realice el trámite deberá presentar:
-Pasaporte o cédula de identidad originales del menor o copias -Nombre y número de cédula de la persona quien estará a cargo del menor en el Ecuador.
NOTA: SI USTED PRESENTA CUALQUIER DOCUMENTO EMITIDO EN ESTADOS UNIDOS (PARTIDA DE NACIMIENTO, MATRIMONIO, DEFUNCION, ETC) PARA ALGUN TRAMITE CONSULAR, ESTOS DOCUMENTOS DEBERAN ESTAR TRADUCIDOS AL ESPAÑOL, NOTARIZADOS Y APOSTILLADOS. LA APOSTILLA DEBERÁ REALIZARSE TANTO EN EL DOCUMENTO ORIGINAL COMO EN LA TRADUCCION NOTARIZADA. |